viernes, 11 de marzo de 2016

Convenios y condiciones con entidades financieras Tiempos y plazos con la entidad pagadora

Las cuentas de nómina es uno de los convenios que tiene una empresa con una entidad financiera en la cual consignan el salario de los empleados y se deben de realizar con el banco en el que la empresa tenga el convenio. Las cuentas de nómina de una entidad financiera se pueden  realizar con entidades públicas o privadas según y cómo lo dicta la superintendencia bancaria de Colombia en el titulo tercero, capitulo preliminar (derogado mediante circular externa 046 de 2002).


Cuentas corrientes con entidades públicas o privadas: Los bancos pueden celebrar contratos con entidades públicas y deberán de cumplir con las instrucciones que dicta la ley primera de 1980 según el cheque fiscal, las únicas personas que pueden celebrar contrato son los representantes legales de la empresa o el jefe, para mantener  control de la apertura de las cuentas corrientes deberán de ser aprobadas por el presidente del establecimiento de crédito y legalmente es prohibido negociar o abandonar esas cuentas o cheques girados a favor de la entidad.

También existen entidades que realizan los aportes de nómina los cuales se realizan pagos prestacionales.


Tiempos y plazos con la entidad pagadora


Las entidades pagadoras deberán de pagar de acuerdo al cronograma de cierre de pagos establecidos por cada una de las entidades con las que  se tenga el convenio  los cuales reportan por  medio de archivos planos los préstamos, cancelaciones y servicio prestado.



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